Una de las novedades desatacadas por el jurista es que ahora se “penalizarán las violaciones más graves relacionadas con el uso abusivo de los derechos constitucionales, la participación activa en actividades subversivas y las agresiones a las tecnologías de la información y la comunicación”.
Bajo el paraguas de actos contra la seguridad del Estado, el sistema judicial tendrá carta abierta para encarcelar y matar a los acusados, aunque según el gobierno castrista la pena de muerte se encuentra suspendida momentáneamente.
Hasta 34 tipificaban como máxima condena la privación perpetua de libertad
Por ejemplo, en la antigua ley había 20 artículos que tipificaban como máxima condena el fusilamiento, ahora aumenta a 24; mientras el salto en la privación perpetua de libertad es mucho mayor: antes eran tres artículos referentes a delitos y ahora son 34.
La abolición de la pena de muerte ha sido una preocupación de un amplio sector de la comunidad internacional y de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) desde hace varios años. Cuba firmó en 2006 el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, pero hasta la fecha no lo ha ratificado.
Durante una intervención fuera de guion de Raúl Castro en la cumbre de la CELAC en 2013, se refirió al tema de la pena de muerte: “nuestras leyes permiten la pena de muerte. Está suspendida, pero ahí está de reserva, porque una vez la suspendimos y lo único que hicimos con ello fue estimular las agresiones y los sabotajes”.
El Código Penal que será publicado de forma oficial en la Gaceta también contempla un refuerzo en “el rigor de las sanciones en hechos vinculados a la corrupción económica o administrativa, con alcance a los nuevos actores económicos” mantendrá la edad de 16 años cumplidos para la exigencia de responsabilidad penal.
Además, se “incrementó el marco penal del delito de especulación y acaparamiento y se estableció la responsabilidad de los funcionarios o empleados públicos”.
Nueva-LEY-CODIGO-PENAL-Cubano-2022.pdf (periodicocubano.com)
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